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CONTRATO DE TRABAJO DE MEDIO TIEMPO

El contrato de trabajo de medio tiempo es cuando un trabajador labora media jornada laboral o medio día.

Muchas veces nos asustamos cuando nos dicen que seremos contratados solo medio tiempo, ya que no conocemos las implicaciones que tiene este tipo de contratación.

Sin embargo lo único que cambia de un contrato de tiempo completo a un contrato de medio tiempo solo es la jornada laboral.

Cuando hablamos de prestaciones sociales y demás derechos que tiene el trabajador, todo sigue igual, es decir, pago de prima, vacaciones, cesantías, intereses a las cesantías, dotación, seguridad social y todo lo que se te venga a la mente sigue completamente igual.

Artículo 197 del código sustantivo del trabajo:

«Trabajadores de jornada incompleta. Los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y garantías que les correspondan, cualquiera que sea la duración de la jornada.»

Lo que sí cabe aclarar es que aunque trabajemos media jornada y tengamos derecho a todas las prestaciones sociales, están serán conforme a lo devengado, es decir, como laboramos medio tiempo nuestros ingresos también serán a la mitad del salario y así mismo será la liquidación de prestaciones sociales.

En Colombiapor ahora la jornada laborales de 8 horas diarias y 48 semanales, por lo tanto, una jornada de medio tiempo será de 4 horas diarias, que generalmente es medio día de trabajo.

Lo mismo pasa con el salario, hasta el momento, el salario mínimo para Colombia está en $908.526, si trabajas medio tiempo ganarás $454.263.

HORAS EXTRAS EN TRABAJOS DE MEDIO TIEMPO

En los trabajos de medio tempo las horas extras se causan desde el momento en que se cumple la jornada laboral acordada entre las partes.

Es decir, la jornada laboral ordinaria es de 4 horas diarias, de modo que las horas extras se causarán a partir de las 4 horas.

Si el trabajador labora 5 horas, se ha causado una hora extra.

¿CUÁNTO SE PAGA POR MEDIO TIEMPO?

El salario en trabajos de medio tiempo será el que las partes acuerden respetando el salario mínimo mensual, lo que no significa que se deba pagar un salario mínimo por trabajos de medio tiempo.

El salario mínimo está sujeto a la jornada laboral máxima legal, de manera que, si se pacta una jornada inferior a la máxima legal, el salario mínimo puede ser ajustado en esa proporción.

Sin embargo, puedes trabajar solo 4 horas al día y ganar más del mínimo, como lo mencionamos antes, todo queda sujeto al acuerdo que se pacte entre empresa y trabajador, es decir que puedes pactar el salario de medio tiempo por $454.263 o puedes tener un salario de $2.000.000.

PRESTACIONES SOCIALES EN TRABAJOS DE MEDIO TIEMPO

Las prestaciones sociales en los trabajadores que laboran solo 4 horas al día, medio tiempo, se liquidan igual que si trabajaran tiempo completo.

Como ya lo mencionamos todo sigue igual.

Para liquidar las prestaciones sociales necesitamos de dos variables: 1 Salario que devengue el trabajador por sus 4 horas y 2 los días laborados durante un periodo de tiempo.

El día trabajado cuenta completo así se labore media jornada.

El año tiene 365 días, pero contablemente siempre hablamos de 360 días, lo que cada mes será de 30 días.

En cuanto al salario, como ya vimos, este será la mitad de un salario a tiempo completo, de modo que en lugar de ganar $1.200.000 el trabajador gana $600.000, y la base para liquidar las prestaciones sociales serán los $600.000.

Supongamos que el trabajador labora desde el enero 01 hasta junio 30. Son 180 días y tiene un salario de $600.000.

La prima de servicios será:

(600.000 X 180) ÷ 360 = 300.000.

Es exactamente igual a cuando se liquida una jornada de tiempo completo.

De la misma forma sucede con el cálculo de vacaciones, cesantías y los intereses.

medio tiempo

SEGURIDAD SOCIAL EN TRABAJOS DE MEDIO TIEMPO

Aquí es donde a todos se nos explota la cabeza, ya que en todo el artículo hemos hablado que se liquida sobre el salario que devengue el trabajador.

Por lo tanto lo lógico sería que la seguridad social también sea sobre la mitad de un salario cuando se trabaja tiempo completo.

Pero…

Para el pago de la seguridad social no se permite ser pagada por ingresos menores a un salario mínimo legal en Colombia, es decir, si el ingreso del trabajador es de $454.263, los aportes deberá ser por $908.526 que es el salario mínimo para el 2021.

Muy diferente si trabajando medio tiempo tus ingresos son superiores al salario mínimo, ejemplo, trabajas 4 horas pero tu salario devengado cada mes es de $1.200.000, la seguridad social se paga sobre el $1.200.000 y no sobre $2.400.000.

La regla solo aplica para trabajadores que ganan menos del mínimo.

AUXILIO DE TRANSPORTE EN CONTRATOS DE MEDIO TIEMPO

¿Y qué pasa con el auxilio de transporte? ¿Se puede pagar también la mitad?

“Lastimosamente” y a nuestra consideración el auxilio de transporte se debe pagar completo, ya que aunque labores 4 horas, medio tiempo, el desplazamiento es igual que un contrato de tiempo completo, y adicional no pagas medio transporte público, el pago del transporte de bus es completo.

Por otra parte tenemos que el auxilio de transporte no se paga sobre el salario sino por los días trabajados, y en el contrato de trabado de medio tiempo, como ya se indicó, se debe laborar todos los días.

QUIEN TIENE DERECHO AL AUXILIO DE TRANSPORTE

Recordemos que el auxilio de transporte se paga a los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales, pero como trabajan sólo medio tiempo, devengan un la mitad de un salario.

Si por trabajar medio tiempo se paga medio salario mínimo no hay duda en que el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte.

¿Pero qué pasa si el trabajador devenga $1.500.000 por laborar medio tiempo?

Aunque devengar un salario de $1.500.000 es inferior a dos salarios mínimos, debemos de hacer el cálculo a tiempo completo, por lo que este trabajador a tiempo completo ganará un salario de $3.000.000, lo que significa que ya no tiene derecho al pago del auxilio de transporte.

Sin embargo el código laboral no establece nada sobre el pago de auxilio de transporte para contratos de medio tiempo, así que queda sujeto a interpretación ante la ausencia de una norma que lo regule de forma expresa, por lo que no es posible fijar un criterio definitivo sobre este tema.

DOTACIÓN EN LOS TRABAJADORES DE MEDIO TIEMPO

Igual que el auxilio de transporte, los trabajadores tienen derecho a la dotación cuando devenguen hasta dos salarios mínimos al mes y laboren jornada completa.

¿Entonces qué sucede cuando se trabaja medio tiempo?

El ministerio del trabajo en varias oportunidades ha señalado que la jornada laboral no es relevante para determinar ese derecho, así que sólo se determina el monto del salario igual que sucede con el auxilio de transporte.

El valor a pagar en la dotación no está estipulado por ley, así que queda a consideración de la empresa cual es el valor a pagar.

2 comentarios

  1. Leonardo Zentella Gomez dice:

    Hola la información parece buena, se me dificulto leerla por que no hay mucho contraste entre el fondo de la pagina y el texto, ojala les sirva de algo mi comentario. agradezco mucho su publicación.

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